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DEFINAMOS "ACANTILADO"

Este subforo está destinado a que preguntes las dudas “cotidianas” sobre reglas que te hayan surgido jugando al golf, o algo que no hayas entendido de una regla.

DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor lavillablanca » Lun Dic 29, 2014 12:42 am

28/12 Bola injugable en la base de un acantilado y el jugador desea dropar dentro de la distancia de dos palos del punto encima de donde reposa la bola
P Por la Decisión 28/11 si una bola en un árbol se considera injugable, el jugador puede por la Regla 28c, dropar una bola dentro de la distancia de dos palos del punto en el suelo directamente debajo de donde la bola reposa. Supongamos que un jugador considera injugable una bola que se encuentra situada en la base de un acantilado y desea proceder de acuerdo con la Regla 28c. ¿Puede dropar una bola dentro de la distancia de dos palos del punto directamente encima de donde la bola se encuentra de forma que pueda situarse en el alto del acantilado?
R No. En la Decisión 28/11 se le permite al jugador despreciar la distancia vertical para aliviarse de acuerdo con la Regla 28c solamente porque su bola no está en el suelo. En este caso, la bola está en la base del acantilado, es decir en el suelo.


¿Cuando un acantilado deja de ser un acantilado para la no aplicación de la decisión?
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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor vampiro » Lun Dic 29, 2014 6:25 am

Entiendo que el tema no va porque sea acantilado o no, sino que no puedes droparte en la vertical, sea de 1 m o 50, porque la bola ya esta en el suelo .
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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor lavillablanca » Lun Dic 29, 2014 9:21 am

vampiro escribió:Entiendo que el tema no va porque sea acantilado o no, sino que no puedes droparte en la vertical, sea de 1 m o 50, porque la bola ya esta en el suelo .

Ahí es donde surge mi pregunta. Dices, un metro o cincuenta. Con cincuenta, no hay duda; sin embargo con un metro y alivio con penalización se pueden medir dos palos y alcanzar la "cumbre"' al determinar la zona de dropaje, o al situar el PMA en la parte superior midiendo sobre el perfil del terreno.
¿Qué criterio hay que seguir?
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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor MOIEDU » Lun Dic 29, 2014 9:32 am

No entiendo bien tu duda, es irrelevante definir qué es un acantilado.

Lo que hay que determinar es dónde reposa tu bola, si la bola reposa en el suelo y por supuesto no está fuera de límites ni en un obstáculo de agua, se puede declarar Injugable y optar por la R.28c, es decir con penalidad de un golpe dropar dentro de la distancia de dos palos de donde reposa la bola y no más cerca del agujero.

¿Qué pasaría si la bola no reposa en el suelo, por ejemplo en un árbol? Pues por la decisión 28/11 el jugador podría dropar cambiando la referencia de los dos palos en vez del lugar de reposo de la bola al punto inmediatamente debajo del suelo, vertical desde donde reposa la bola.

Ojo que aquí no es una cuestión de determinar el punto más cercano de alivio. Estando en el suelo, lo que te den los dos palos y no puedes por decirlo así ganar altitud porque espacialmente, en dos dimensiones, el punto de mayor altitud esté dentro de los dos palos.
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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor vampiro » Lun Dic 29, 2014 11:17 am

lavillablanca escribió:
vampiro escribió:Entiendo que el tema no va porque sea acantilado o no, sino que no puedes droparte en la vertical, sea de 1 m o 50, porque la bola ya esta en el suelo .

Ahí es donde surge mi pregunta. Dices, un metro o cincuenta. Con cincuenta, no hay duda; sin embargo con un metro y alivio con penalización se pueden medir dos palos y alcanzar la "cumbre"' al determinar la zona de dropaje, o al situar el PMA en la parte superior midiendo sobre el perfil del terreno.
¿Qué criterio hay que seguir?

entiendo que tienes que ver si ganas distancia o no
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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor lavillablanca » Lun Dic 29, 2014 2:46 pm

Replanteo.
Considero que hay situaciones en las que una bola puede ser dropada dentro de la distancia de dos palos del punto directamente encima de donde la bola se encuentra situada en la base de un acantilado, en contra de la negación absoluta de la decisión 28/12.

28/12. Bola injugable en la base de un acantilado y el jugador desea dropar dentro de la distancia de dos palos del punto encima
de donde reposa la bola

P Por la Decisión 28/11 si una bola en un árbol se considera injugable, el jugador puede por la Regla 28c, dropar una bola dentro de la distancia de dos palos del punto en el suelo directamente debajo de donde la bola reposa. Supongamos que un jugador considera injugable una bola que se encuentra situada en la base de un acantilado y desea proceder de acuerdo con la Regla 28c. ¿Puede dropar una bola dentro de la distancia de dos palos del punto directamente encima de donde la bola se encuentra de forma que pueda situarse en el alto del acantilado?
R No.
En la Decisión 28/11 se le permite al jugador despreciar la distancia vertical para aliviarse de acuerdo con la Regla 28c solamente porque su bola no está en el suelo. En este caso, la bola está en la base del acantilado, es decir en el suelo.


Ante un "acantilado" de 50 centímetros de alto con la bola pegada a su base, midiendo la distancia de dos palos siguiendo el perfil natural del terreno nos encontramos que nos queda una zona de dropaje de mas de un palo en la plataforma alta, que sin embargo, se encuentra dentro de la distancia de dos palos medidos en horizontal desde la vertical de la bola.
(Por similitud, en su caso, también podría estar en lo alto el punto mas cercano de alivio)

Por eso, planteo la cuestión pidiendo la definición de "acantilado", aunque interpreto que según la decisión puede ser desde un peldaño hasta una sima.
Para no entrar en temas semánticos o de traducción, propondría que la decisión se completara aclarándola, mas o menos de la siguiente guisa:
R No. Salvo que la distancia de dos palos medida a lo largo del perfil natural del terreno permita alcanzar el alto del acantilado y sea posible el dropaje.

MOIEDU escribió:No entiendo bien tu duda, es irrelevante definir qué es un acantilado.
Mas o menos todos sabemos lo que es un acantilado o al menos asimilamos la palabra a una imagen, pero en este caso esa palabra tiene un uso a mi entender, desafortunado. Desconozco si la traducción es correcta.

Ojo que aquí no es una cuestión de determinar el punto más cercano de alivio. Estando en el suelo, lo que te den los dos palos y no puedes por decirlo así ganar altitud porque espacialmente, en dos dimensiones, el punto de mayor altitud esté dentro de los dos palos.
Me refiero al PMCA como situación equiparable, no lo mezclo. Lo siento, pero no entiendo lo de espacialmente, en dos dimensiones y por lo que expuse anteriormente creo que se puede ganar altitud y estar dentro de los dos palos.
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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor sergar » Lun Dic 29, 2014 5:40 pm

lavillablanca escribió:28/12. Bola injugable en la base de un acantilado y el jugador desea dropar dentro de la distancia de dos palos del punto encima
de donde reposa la bola

P Por la Decisión 28/11 si una bola en un árbol se considera injugable, el jugador puede por la Regla 28c, dropar una bola dentro de la distancia de dos palos del punto en el suelo directamente debajo de donde la bola reposa. Supongamos que un jugador considera injugable una bola que se encuentra situada en la base de un acantilado y desea proceder de acuerdo con la Regla 28c. ¿Puede dropar una bola dentro de la distancia de dos palos del punto directamente encima de donde la bola se encuentra de forma que pueda situarse en el alto del acantilado?
R No.
En la Decisión 28/11 se le permite al jugador despreciar la distancia vertical para aliviarse de acuerdo con la Regla 28c solamente porque su bola no está en el suelo. En este caso, la bola está en la base del acantilado, es decir en el suelo.


Ante un "acantilado" de 50 centímetros de alto con la bola pegada a su base, midiendo la distancia de dos palos siguiendo el perfil natural del terreno nos encontramos que nos queda una zona de dropaje de mas de un palo en la plataforma alta, que sin embargo, se encuentra dentro de la distancia de dos palos medidos en horizontal desde la vertical de la bola.
(Por similitud, en su caso, también podría estar en lo alto el punto mas cercano de alivio)

Por eso, planteo la cuestión pidiendo la definición de "acantilado", aunque interpreto que según la decisión puede ser desde un peldaño hasta una sima.
Para no entrar en temas semánticos o de traducción, propondría que la decisión se completara aclarándola, mas o menos de la siguiente guisa:
R No. Salvo que la distancia de dos palos medida a lo largo del perfil natural del terreno permita alcanzar el alto del acantilado y sea posible el dropaje.


No hace falta dicha aclaración, ya que, asi sea de 10 cm el escalón, nunca podrá dropear a la distancia de 2 palos de la proyección sobre la linea del escalón superior, ya que habría que restarle dichos 10 cm, mas la distancia horizontal, a los dos palos. La pregunta de la decisión toma como referencia, para medir los dos palos, el punto a nivel del piso, no la ubicación de la pelota en el fondo del acantilado.

Esta claro que si la altura del acantilado es 50 cm se podrá dropar a 2 palos menos la longitud de la ladera del acantilado menos la distancia del pie del acantilado hasta la bola.
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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor Pedro A2 » Lun Dic 29, 2014 7:28 pm

esto quizás podría aplicarse a si caes en una especie de poza o una arqueta de hormigón (seria un acantilado de dos metros de altura) y donde es casi imposible sacar la bola de allí a no ser de rebotes sucesivos. Se podría declarar la bola injugable. medir los dos palos desde arriba con un golpe de penalidad ?
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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor Topolite » Lun Dic 29, 2014 8:10 pm

Pedro A2 escribió:esto quizás podría aplicarse a si caes en una especie de poza o una arqueta de hormigón (seria un acantilado de dos metros de altura) y donde es casi imposible sacar la bola de allí a no ser de rebotes sucesivos. Se podría declarar la bola injugable. medir los dos palos desde arriba con un golpe de penalidad ?


Eso sería una Obstrucción Inamovible ¿no?

Lo interesante de este hilo es cómo se deben medir medir los palos...

20-2b/2
Medir palos de distancia
Para medir la distancia de un palo o la de dos palos cuando se procede bajo una Regla, un jugador tiene derecho a medir directamente a través de una zanja o de una valla, un árbol o un muro hecho con tierra o con materiales artificiales. Sin embargo, un jugador no puede medir a través de una ondulación natural del suelo.


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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor lavillablanca » Lun Dic 29, 2014 8:15 pm

sergar escribió:
lavillablanca escribió:28/12. Bola injugable en la base de un acantilado y el jugador desea dropar dentro de la distancia de dos palos del punto encima
de donde reposa la bola

P Por la Decisión 28/11 si una bola en un árbol se considera injugable, el jugador puede por la Regla 28c, dropar una bola dentro de la distancia de dos palos del punto en el suelo directamente debajo de donde la bola reposa. Supongamos que un jugador considera injugable una bola que se encuentra situada en la base de un acantilado y desea proceder de acuerdo con la Regla 28c. ¿Puede dropar una bola dentro de la distancia de dos palos del punto directamente encima de donde la bola se encuentra de forma que pueda situarse en el alto del acantilado?
R No.
En la Decisión 28/11 se le permite al jugador despreciar la distancia vertical para aliviarse de acuerdo con la Regla 28c solamente porque su bola no está en el suelo. En este caso, la bola está en la base del acantilado, es decir en el suelo.



No hace falta dicha aclaración, ya que, asi sea de 10 cm el escalón, nunca podrá dropear a la distancia de 2 palos de la proyección sobre la linea del escalón superior, ya que habría que restarle dichos 10 cm, mas la distancia horizontal, a los dos palos. La pregunta de la decisión toma como referencia, para medir los dos palos, el punto a nivel del piso, no la ubicación de la pelota en el fondo del acantilado.
La decisión dice dentro de la distancia de dos palos, no a la distancia de dos palos y prohíbe droparla dentro de esa distancia, por lo que considero que la aclaración no es banal.

Esta claro que si la altura del acantilado es 50 cm se podrá dropar a 2 palos menos la longitud de la ladera del acantilado menos la distancia del pie del acantilado hasta la bola.
Esto no lo veo tan claro como tu, la decisión no permite dropar dentro de la distancia de dos palos medidos horizontalmente desde la proyección vertical de la bola y tanto tu como yo, al deducir la altura del talud mas la distancia horizontal desde la base del talud hasta la bola, estamos dropando dentro de esa distancia prohibida..
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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor lavillablanca » Lun Dic 29, 2014 8:55 pm

Topolite escribió:
Pedro A2 escribió:esto quizás podría aplicarse a si caes en una especie de poza o una arqueta de hormigón (seria un acantilado de dos metros de altura) y donde es casi imposible sacar la bola de allí a no ser de rebotes sucesivos. Se podría declarar la bola injugable. medir los dos palos desde arriba con un golpe de penalidad ?


Eso sería una Obstrucción Inamovible ¿no?
Si, pero no me resisto a darle una vuelta de tuerca. Imaginemos que esa poza que comenta Pedro A2, solo tenga de hormigón el suelo. La bola reposa en el, por tanto reposa en una OI. Sin embargo resulta imposible jugar la bola por la propia configuración de la poza, no porque nos interfiera el hormigón, por lo que no tenemos derecho a alivio de OI. Opciones: 27-1 o declarar la bola injugable. En este caso, si la altura desde el borde superior del hoyo mas la distancia desde la base hasta la bola es de menos de dos palos, alcanzaríamos a dropar cerca del borde superior, pero ateniéndonos a la literalidad de la decisión 28/12 no lo podríamos hacer. Solo nos quedan las opciones a y b de la Regla 28.


Lo interesante de este hilo es cómo se deben medir medir los palos...
Para eso está la decisión que con tu precisión habitual señalas. Creo que lo mas interesante se centra en la decisión 28/12
20-2b/2
Medir palos de distancia
Para medir la distancia de un palo o la de dos palos cuando se procede bajo una Regla, un jugador tiene derecho a medir directamente a través de una zanja o de una valla, un árbol o un muro hecho con tierra o con materiales artificiales. Sin embargo, un jugador no puede medir a través de una ondulación natural del suelo.


Esto está claro amigo Topolite, pero no nos arregla el roto.

Saludos,
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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor Pedro A2 » Lun Dic 29, 2014 10:15 pm

Madre mia, las reglas a veces son muy claras, pero en casos no habituales, pueden ser complicadas

Como se dice que.- Para medir la distancia de un palo o la de dos palos cuando se procede bajo una Regla, un jugador tiene derecho a medir directamente a través de una zanja o de una valla, un árbol o un muro hecho con tierra o con materiales artificiales. Sin embargo, un jugador no puede medir a través de una ondulación natural del suelo.

Pero si el suelo es de terreno natural, pero las paredes son alguna de hormigón y el terreno muy vertical para atrás, como se podrían medir como se dice en otros casos ?
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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor MOIEDU » Mar Dic 30, 2014 2:19 am

Voy a intentar aclarar conceptos poniendo un ejemplo gráfico y empleando una terminología más entendible.

Supongamos un jugador diestro, su bola se queda pegando al lado de una caseta de riego que se le pueden abrir las puertas sin demora indebida y que tiene un tejado plano, totalmente horizontal. La bola reposa en el punto X.

La primera suposición es que la caseta no esté declarada parte integrante del campo, en ese caso sería una obstrucción inamovible y el jugador tendría derecho a alivio determinando el punto más cercano de alivio y un palo de distancia. PMCA-X, es decir en el dibujo de la planta la bola podría ser dropada en el área roja.

La segunda suposición es que la caseta esté declarada parte integrante del campo. En ese caso no tendría derecho a alivio por obstrucción, pero el jugador tendría derecho a declarar la bola injugable.

Supongamos que el jugador opte por la 28.c, es decir declarando la bola injugable droparse a dos palos sin ganar distancia. La opción más evidente es que el jugador desde el punto X marcara dos palos hacia el campo alejándose de la caseta y en ese área podría dropar. Pero el jugador tiene otra opción, que es la marcada en azul, es decir medir los dos palos a través del muro y dropar dentro de la caseta, y ejecutar su golpe con las puertas abiertas.

Y ahora el forero "lavillablanca" pregunta que si es posible dropar en el tejado, que como he dicho es plano y dejaría un buen stance. Entiendo que la duda viene porque "lavillablanca" quiere decir que si hayamos la vertical ganando altitud del punto X y desde ese punto medimos los dos palos, sería factible dropar en el tejado.

Y la respuesta es que no, la decisión es clara, si la bola no reposa en el suelo "se perdona" la distancia vertical (caso del árbol), pero cuando la bola reposa en el suelo "no se perdona" la distancia vertical.
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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor vampiro » Mar Dic 30, 2014 2:33 am

lavillablanca escribió:
Topolite escribió:
Pedro A2 escribió:esto quizás podría aplicarse a si caes en una especie de poza o una arqueta de hormigón (seria un acantilado de dos metros de altura) y donde es casi imposible sacar la bola de allí a no ser de rebotes sucesivos. Se podría declarar la bola injugable. medir los dos palos desde arriba con un golpe de penalidad ?


Eso sería una Obstrucción Inamovible ¿no?
Si, pero no me resisto a darle una vuelta de tuerca. Imaginemos que esa poza que comenta Pedro A2, solo tenga de hormigón el suelo. La bola reposa en el, por tanto reposa en una OI. Sin embargo resulta imposible jugar la bola por la propia configuración de la poza, no porque nos interfiera el hormigón, por lo que no tenemos derecho a alivio de OI. Opciones: 27-1 o declarar la bola injugable. En este caso, si la altura desde el borde superior del hoyo mas la distancia desde la base hasta la bola es de menos de dos palos, alcanzaríamos a dropar cerca del borde superior, pero ateniéndonos a la literalidad de la decisión 28/12 no lo podríamos hacer. Solo nos quedan las opciones a y b de la Regla 28.


Lo interesante de este hilo es cómo se deben medir medir los palos...
Para eso está la decisión que con tu precisión habitual señalas. Creo que lo mas interesante se centra en la decisión 28/12
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Medir palos de distancia
Para medir la distancia de un palo o la de dos palos cuando se procede bajo una Regla, un jugador tiene derecho a medir directamente a través de una zanja o de una valla, un árbol o un muro hecho con tierra o con materiales artificiales. Sin embargo, un jugador no puede medir a través de una ondulación natural del suelo.


Esto está claro amigo Topolite, pero no nos arregla el roto.

Saludos,



Solo una aclaración sobre lo que dices del alivio de la OI , creo que lo otro ya esta suficientemente contestado

24-2. Obstrucción Inamovible
a. Interferencia
Existe interferencia por una obstrucción inamovible cuando una bola reposa en o sobre la
obstrucción
, o cuando la obstrucción interfiere con la colocación del jugador o el área del
swing que pretende realizar. Si la bola del jugador reposa en el green, existe también
interferencia si una obstrucción inamovible en el green interviene en su línea de putt. De otra
manera, la intervención en la línea de juego no es, por si misma, interferencia bajo esta Regla......
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Re: DEFINAMOS "ACANTILADO"

Notapor sergar » Mar Dic 30, 2014 5:37 am

MOIEDU escribió:Y ahora el forero "lavillablanca" pregunta que si es posible dropar en el tejado, que como he dicho es plano y dejaría un buen stance. Entiendo que la duda viene porque "lavillablanca" quiere decir que si hayamos la vertical ganando altitud del punto X y desde ese punto medimos los dos palos, sería factible dropar en el tejado.


No, Moiedu, no es eso lo que esta planteando. Lavillablanca tiene claro que los dos palos hay que medirlo desde la posición de la bola acompañando la superficie del terreno. El planteo, a mi entender erroneo, es que la decisión 18/12 al responder con un NO a la pregunta: ". ¿Puede dropar una bola dentro de la distancia de dos palos del punto directamente encima de donde la bola se encuentra de forma que pueda situarse en el alto del acantilado?" esta quitando la posibilidad de dropar la bola al borde del acantilado, si la distancia de los dos palos siguiendo la superficie se lo permite, ya que estaría dentro de los 2 palos incluido en la pregunta y respondido que no. Es una cuestión semántica. El tema es que se queda con el NO de la respuesta y se olvida lo que sigue a continuación: "En la Decisión 28/11 se le permite al jugador despreciar la distancia vertical para aliviarse de acuerdo con la Regla 28c solamente porque su bola no está en el suelo. En este caso, la bola está en la base del acantilado, es decir en el suelo." Donde queda explicitado que la distancia vertical debe ser tenida en cuenta para medir los dos palos, dentro de los cuales SI podrá dropar el jugador, aunque ese SI coincida con parte del NO anterior!!! :wink: :wink:
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