Cualquier palo o palos llevados o usados infringiendo la Regla 4-3a (iii) o la 4-4 deben ser
declarados fuera de juego por el jugador a su contrario en el Juego por Hoyos (Match Play) o
a su marcador o a un compañero-competidor en el Juego por Golpes (Stroke Play),
inmediatamente después de que se descubra que ha habido una infracción. El jugador no
debe usar el palo o palos por lo que reste de la vuelta estipulada.
PENALIDAD POR INFRACCIÓN DE LA REGLA 4-4c:
Descalificación
Algunas dudas:
1. La regla habla de poder declarar injugable un palo, pero después de descubrirse la infracción, aplicando la penalización correspondiente. Pero entiendo que en el tee del 1 puedo declarar cualquier exceso de palos como injugables antes de comenzar mi vuelta y no cometer infracción alguna, y llevar esos palos injugables en la bolsa durante el recorrido (me consta que esto ya se ha explicado en el foro, pero no encuentro donde).
2. Dependiendo de la respuesta del punto 1, tengo un palo de entrenamiento de esos que pesan 600grs para calentar, pero al que se le puede pegar con la bola. ¿Esto es un palo?
Si lo es, ¿tengo que declararlo injugable en el tee del 1 para no tenerlo que dejar en el maletero del coche?
Si no lo es, ¿puedo en medio de la vuelta sacarlo para hacer swings al aire con él?
Aquí el palo en cuestión:
