
Bogie escribió:wolly escribió:... y le he puesto un fondo transparentoso con un 60% de opacidad de blanco
Me encanta esta frase... no me la ponga de firma de milagro.
Joer, si es lo que es… que le voy a hacer.
Bogie escribió:Bueno, voy a criticar, pero creo que va a ser crítica destructiva, con cariño, pero mala muy mala...´
Tu curro es notable. Está muy bien el conjunto.
Gracias
Bogie escribió:La música que está muy bien ella sola... no la veo para nada aquí, y de hecho, molesta.
Está bien… la dejo como está pero si encuentro otra que pegue más, la cambio (y con esto respondo también a pakotoro.
Bogie escribió:Como te cojan los de Golf+ se chivan a la SGAE y te van a reventar la C/C, pero como parece que lo firma la Federación Anadaluza de Golf, les cargas el muerto a ellos. Bien jugado.
Esto es lo que más me interesa del post y además extraordinariamente.
Supongo has visto el rollo final la película:
Conforme al artículo 32 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996 de 12 de abril, modificado por la Ley 23/2006, de 7 de Julio, se informa que el presente vídeo incorpora material escrito y/o audiovisual propiedad de R&A Rules Limited, U.S. Golf Association, The Golf Channel, Sogecable, S.A. y/o PGA EuropeanTour Productions, para su análisis y uso con fines divulgativos y docentes de las Reglas de Golf.
Esta frase se basa en el citado artículo 32 que dice, ahora:
Artículo 32. Cita e ilustración de la enseñanza.
1. Es lícita la inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual, así como la de obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo, siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico. Tal utilización sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación, en la medida justificada por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada.
Yo creo que estos vídeos son:
1. Una obra propia, pues incorpora trabajo propio, en el peor de los casos, de recopilación de otras fuentes (RANDA y USGA).
2. Hecha con fragmentos de obras ajenas de naturaleza fundamentalmente audiovisual.
3. Que son obras ya divulgadas, puesto que han sido efectivamente retransmitidas.
4. Incluidas para su análisis o comentario, se comenta, desde el punto de vista de las reglas, precisamente lo que se ve en las imágenes.
5. realizada con fines docentes, aunque parezca mentira es la única utilidad que pretendo darles.
6. en la medida justificada por el fin de esa incorporación. Aparte del ruling en sí, sólo se ve el golpe anterior y su resultado y el golpe posterior y su resultado, entiendo que necesarios para explicar el por qué y para qué del ruling.
7. e indicando la fuente y nombre del autor de la obra utilizada, citados al final del vídeo.
Este artículo es nuevo en la Ley, por lo que, en principio, no podemos saber como lo interpretará la jurisprudencia en el futuro. Pero en principio, a mí me parece que me atengo estrictamente a la legalidad, creo.
El incluir a la Federación Andaluza no es para ningún fin perverso, sino todo lo contrario. Como es un vídeo que pretendo usar en su seno para los cursos de reglas que de vez en cuando se dan, y que además ya alguno se ha usado no sólo por mí sino por otro miembro del comité de reglas en este tipo de cursos, creí oportuno incluir a la federación, y en especial al comité de reglas, para que tambien se sepa que esto forma parte de su trabajo y esfuerzo y no es algo meramente adquirido a un tercero.
Si pensase que esto pudiera ocasionar algún perjuicio a la federación (idea descabellada, teniendo en cuenta que el logo de la federación lo podría haber incluido cualquiera) desde luego que no lo incluiría. Es más, si pensase que estos vídeos violan la ley, desde luego que no los enseñaría.
Bogie escribió:Como más o menos sabemos lo que pasa en el dropaje, pues va bien, peeeeroo... no te parece un pelín "friqui" decir "la bola dropada ha golpeado el suelo fuera de la zona de dropaje (y no se ve nada), y sucesivos comentarios... en los que no se vé más que a P.M. tirando la bolita y repitiendo... sin que se vea donde va cayendo... Es decir, ¿no hay algún video de otra situación "parecida" en que se vean los dropajes?
Desde luego en esto tienes toda la razón. Los vídeos que he usado hasta ahora son los suministrados por USGA donde, habitualmente, que no en todas, se ve lo que realmente está sucediendo. Pero el problema de esos vídeos es que, al ser bajados de Internet, tienen muy poca calidad de imagen.
La calidad de imagen del vídeo de Pablo Martín, por ejemplo, es infinitamente mejor (en la versión DVD, no en la versión subida). Es cierto que no se ve todo lo que se escribe o relata, pero se ve. Pero además ya dije al poner el vídeo que no es un vídeo bueno para explicar la 20-2c, pero sí que lo es, como complemento a uno anterior, para explicar que no siempre la 20-2c es la regla aplicable, con lo que, lo normal en estas situaciones es que el jugador sólo haya de dropar dos veces, aunque hay situaciones en las que se puede tener que dropar muchas más veces, como sí que se ve en el vídeo.
De todas formas, date cuenta que acabo de empezar con esto…. Quedan años para encontrar vídeos “perfectos” de reglas y sustituir a éstos. Pero por algo hay que empezar, también para ejercitarte.
Bogie escribió:Por último, y aunque te lo has currado... todas estas cosas las hacen muy bien los truchaneros, déjales estas vanalidades a ellos y dedícate a jugar al golf que es lo que hacemos los corsarios mejor, ja ja ja....![]()
Es que tengo un problema moral. Yo suelo jugar competiciones. Y entreno para jugarlas. Si me dedico a mantener mi ritmo de entrenamiento, entonces debería jugar alguna competición, y pudiera bajar de nuevo a primera categoría, con lo que me quedo sin Avila. Entrenando poco, no corro el riesgo de bajar, y sin embargo no estoy actuando de forma deshonesta conmigo mismo.
Bogie escribió:PD- Con cariño, ehhhh......!!!!!!!
Desde luego que así lo he entendido. Y ya te digo que es más constructivo de lo que es posible que pienses, especialmente en lo relativo a la SGAE, que es lo que más me interesa de todo.
Lo que pasa es que en principio, entiendo como te he explicado que es perfectamente legal. Y lo he consultado también con otros, incluyendo algún abogado. Bien es cierto que no he consultado con un abogado especializado en propiedad intelectual, aunque de cualquier forma no creo que nadie pueda dar, en estos momentos, una opinión fundada a favor ni en contra más allá de lo que dice el artículo, pues siendo de nueva inclusión en la ley, no existe jurisprudencia sobre el partícular.
Joer, qué de tiempo hacía que no escribía un post tan largo…. A ver si tienes huevos de leertelo entero

Y le echaré una segunda vuelta a la música.
Un abrazo, Wolly