movillo escribió:Otra cosa son los tubos que a veces van unidos a la valla para que no se caigan y que en ocasiones están por la parte de dentro del campo (me los he encontrado, por ejemplo, en Las Pinaillas, hoyo 5, por la derecha) En ese caso, sí se considera OI dicho tubo
Yo entiendo que “los tubos unidos a la valla para que no se caiga la valla”, son postes que sirven de apoyo a la valla, por lo tanto son parte de la valla, y en cualquier caso esos tubos/postes están F.L., y son objetos artificiales inamovibles. Otra cosa son los soportes en ángulo hacia el campo.
Si leemos la definición de F.L. vemos que la línea de F.L. está determinada por los puntos más cercanos al campo de los postes (tubos) de la valla a nivel del suelo, excluyendo los soportes en ángulo. Entiendo que de la definición podemos extraer las dos conclusiones que he apuntado más arriba: 1ª que los postes/tubos son parte de la valla, y por lo tanto no son O.I. y se consideran fijos, y 2ª que al margen de la anterior, en todo caso dichos tubos estarían F.L., en este caso la definición de Obstrucciones nos dice que cualquier parte de un objeto artificial inamovible situada F.L., no es una Obstrucción.
Por lo tanto, en mi opinión, nunca se podría apelar a la R 24-2b para obtener alivio por interferencia de esos tubos.
Cuanto más ahondo en el conocimiento, más dudas me surgen. Los ignorantes casi nunca dudan.