charli pesa escribió:En los cursos de Reglas, que mensualmente nos ofrece la Asociación Argentina de Golf (AAG), y ante una pregunta relacionada con la Nota 1: de la Regla 17, de cual es la distancia de que otra persona se considera que esta atendiendo la bandera, para que se permita retirarla, cuando una pelota está en movimiento, sin penalizar al jugador, la respuesta fue:
La distancia para considerar que una persona está atendido el asta bandera, es aquella que con solo extender un brazo (sin otra acción) pueda quitarla, levantarla, etc.
Hay una decisión que habla sobre esa cuestión:
[cell class=spoiler]17-1/1
Significado de “situarse cerca del agujero”
P La Nota 1 a la Regla 17-1 establece que si cualquiera “permanece cerca del agujero” se considera que está atendiendo la bandera. ¿Se considera que tal persona está “cerca del agujero” si desde su posición puede tocar la bandera?
R Sí.[/cell]
A mí lo que me sigue ofreciendo dudas en este caso, por su ambigüedad, es el término “ejercer influencia” sobre el movimiento de la bola.
Saludos,